Contradicciones sobre obligatoriedad de la CURP biométrica generan confusión entre ciudadanos
La CURP biométrica será el documento nacional de identificación obligatorio en México, de acuerdo con el DOF, aunque autoridades federales han señalado que su…
La implementación de la Clave Única de Registro de Población (CURP) con datos biométricos ha generado un debate público sobre su carácter obligatorio, con señales contradictorias entre el marco legal y las declaraciones de autoridades federales. Mientras el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 16 de julio establece su carácter obligatorio, la presidencia y la Secretaría de Gobernación han señalado que su uso es opcional.
El Artículo 91 Bis del decreto que reforma la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas establece que la CURP será el documento nacional de identificación obligatorio, de aceptación universal en todo el territorio nacional. El mismo artículo contempla sanciones para autoridades y particulares que no acaten esta disposición, con multas que podrían oscilar entre 10,000 y 20,000 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Con el valor vigente de la UMA, estas sanciones económicas representarían montos que van desde 1 millón 173 mil 100 pesos hasta 2 millones 346 mil 200 pesos. El decreto indica que todo ente público o particular estará obligado a solicitar la CURP para la prestación de trámites y servicios.
La CURP biométrica entró formalmente en vigor el 17 de julio, estableciendo un plazo de 90 días naturales para que instituciones públicas y privadas adoptaran las medidas necesarias para su implementación. La nueva etapa de esta identificación inició oficialmente el 16 de octubre.
Esta versión actualizada incorpora elementos adicionales a los tradicionales 18 caracteres alfanuméricos y datos personales básicos. Los nuevos componentes incluyen huellas digitales, escaneo de iris, fotografía de rostro completo y firma electrónica. La versión digital estará a cargo de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones.
Organizaciones civiles como la Red en Defensa de los Derechos Digitales han expresado preocupación sobre los riesgos que representa la creación de un registro centralizado, masivo y obligatorio de datos biométricos. La organización advierte sobre posibles vulneraciones a la privacidad, seguridad y derechos humanos, señalando que una base de datos centralizada puede convertirse en objetivo prioritario para ataques informáticos.
Para realizar el trámite ante el Registro Nacional de la Población (Renapo), los ciudadanos deben presentar acta de nacimiento certificada, identificación oficial vigente, CURP tradicional validada, comprobante de domicilio reciente, correo electrónico activo y documento impreso de confirmación de cita. El proceso requiere solicitar cita a través del portal oficial del Renapo, seleccionando específicamente la opción 'Registro de Datos Biométricos para la CURP'.
