Decreto oficial establece obligatoriedad de la CURP biométrica con sanciones para entes públicos y privados
La CURP biométrica será el documento nacional de identificación obligatorio en México, de acuerdo con el DOF, aunque autoridades federales han señalado que su…
Un decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 16 de julio establece que la Clave Única de Registro de Población (CURP) con datos biométricos será el documento nacional de identificación obligatorio en México. Esta disposición, que entró en vigor el 17 de julio, contrasta con declaraciones previas de autoridades federales, incluida la presidenta Claudia Sheinbaum, quienes habían señalado que el registro era opcional.
El Artículo 91 Bis del decreto, que reforma la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, señala que la CURP será de aceptación universal y obligatoria en todo el territorio nacional, disponible en formato físico y digital. El texto legal impone a todo ente público o particular la obligación de solicitar la CURP para la prestación de trámites y servicios.
El incumplimiento de esta obligación por parte de autoridades o particulares puede derivar en sanciones económicas. Según el Artículo 114 Bis, previo apercibimiento por reiterado incumplimiento, se podrán aplicar multas de 10,000 a 20,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Con el valor vigente, las sanciones oscilan entre 1 millón 173 mil 100 pesos y 2 millones 346 mil 200 pesos. Es importante destacar que estas multas aplican a quienes no soliciten o integren la CURP en sus procesos, no a las personas que decidan no tramitarla.
La nueva versión biométrica de la CURP incorpora elementos adicionales a los tradicionales 18 caracteres alfanuméricos y datos personales básicos. Entre los nuevos componentes se encuentran huellas digitales, escaneo del iris, fotografía de rostro completo y firma electrónica. La versión digital estará a cargo de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones.
El decreto otorgó un plazo de 90 días naturales para que instituciones públicas y privadas adoptaran las medidas necesarias para su implementación, por lo que la nueva etapa inició formalmente el 16 de octubre. Para realizar el trámite ante el Registro Nacional de la Población (Renapo) se requiere acta de nacimiento certificada, identificación oficial vigente, CURP tradicional validada, comprobante de domicilio reciente, correo electrónico activo y un documento impreso de confirmación de cita gestionada previamente en línea.
La medida ha generado un debate sobre seguridad y privacidad. Mientras el gobierno federal sostiene que cuenta con infraestructura sólida para su operación, organizaciones como la Red en Defensa de los Derechos Digitales han alertado sobre los riesgos que representa un registro centralizado y masivo de datos biométricos para la privacidad y los derechos humanos, señalando que una base de datos centralizada puede convertirse en un objetivo valioso para ataques informáticos.
