SAT establece calendario para presentación de Declaración Anual 2025 de personas morales
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que el plazo para que las empresas presenten su Declaración Anual 2025 concluye el 31 de marzo de 2026,…
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que el plazo para que las personas morales presenten su Declaración Anual correspondiente al ejercicio fiscal 2025 concluye el próximo 31 de marzo de 2026. La autoridad fiscal hizo un llamado a cumplir en tiempo con esta obligación, establecida en la legislación vigente.
La dependencia precisó que las fechas límite varían según el régimen fiscal al que pertenezcan las empresas. De acuerdo con el calendario oficial, las personas morales sin fines de lucro tienen como fecha tope el 16 de febrero de 2026 para presentar su declaración del ejercicio. Para los demás regímenes contemplados en el Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta y el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), el plazo vence el 31 de marzo de 2026.
Para facilitar el proceso, el SAT habilitó una plataforma con información precargada correspondiente al ejercicio fiscal 2025. Entre los datos disponibles se encuentran los pagos provisionales presentados y pagados durante el ejercicio, la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) pagada, retenciones efectivamente pagadas (como ISR por sueldos, arrendamiento y RESICO), CFDI de devoluciones, descuentos y bonificaciones, así como remanente de declaraciones de ejercicios anteriores como pérdidas fiscales o pagos al extranjero.
El organismo indicó que, en caso de requerir modificaciones en los ingresos u otros datos precargados, deberán presentarse declaraciones complementarias. Cuando exista un saldo a cargo, la actualización de la información será visible 48 horas después de realizar el pago. Si el resultado es en ceros, el sistema reflejará la información en un plazo de 24 horas.
El SAT señaló que para enviar la Declaración Anual 2025 es necesario contar con e.firma vigente y servicio de banca electrónica. En caso de obtener un saldo a cargo, el pago deberá efectuarse mediante transferencia electrónica a través de bancos autorizados para el cobro de contribuciones federales. La autoridad fiscal indicó que estas herramientas buscan facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de las empresas.
