DOF y marco legal establecen obligatoriedad de la CURP biométrica como identificación oficial
La implementación de la CURP biométrica se ha convertido en uno de los temas más controvertidos en materia de identidad en México. Desde 2025 comenzó su integr…
La implementación de la Clave Única de Registro de Población (CURP) con datos biométricos avanza en México, generando debate público sobre su carácter obligatorio. La revisión del marco legal vigente y publicaciones recientes en el Diario Oficial de la Federación (DOF) permite precisar el alcance de esta medida de identificación.
La Ley General de Población, en su artículo 91 Bis, establece que cuando la CURP incorpore fotografía y huellas dactilares, será el documento de identificación de aceptación universal y obligatoria en todo el territorio nacional. Este marco jurídico otorga a la Secretaría de Gobernación (Segob), a través del Registro Nacional de Población, la autoridad para el registro y acreditación de identidad.
Recientemente, la Segob publicó en redes sociales que el registro sería "voluntario, gradual y gratuito", mensaje que posteriormente retiró, lo que generó confusión entre la ciudadanía. Sin embargo, la base legal mantiene su vigencia y define el carácter obligatorio del documento cuando cuenta con datos biométricos.
El DOF reforzó este criterio mediante una modificación publicada sobre la Cédula Profesional, donde se precisa que "las cédulas profesionales físicas o electrónicas emitidas por la Dirección General de Profesiones no constituyen documento de identificación oficial". Esta actualización normativa armoniza con la Ley General de Población, estableciendo que la acreditación de identidad oficial recae en la CURP biométrica, mientras que la cédula queda exclusivamente como patente para el ejercicio profesional.
Aunque la ley define su obligatoriedad como documento de identificación, el Gobierno federal no ha informado una fecha exacta para su exigencia generalizada en todos los trámites. La implementación es gradual, con estimaciones que señalan que algunos módulos podrían comenzar a solicitarla a partir de febrero de 2026, luego de que en enero inició su implementación.
La ley no establece una lista cerrada de trámites específicos donde se requerirá, pero señala que entes públicos y privados deberán solicitarla para prestar servicios. Podría emplearse en procesos de validación y autenticación de identidad, especialmente en medios digitales, incluyendo posiblemente inscripciones escolares, acceso a servicios médicos federales, cobro de becas y pensiones federales, así como trámites de pasaporte y licencias.
En síntesis, el marco legal establece la obligatoriedad de la CURP biométrica como documento de identidad oficial cuando incorpora fotografía y huellas dactilares. Su aplicación práctica se despliega por etapas administrativas, dependiendo de la integración operativa que realicen las distintas dependencias gubernamentales.
