Proponen endurecer sanciones a servidores públicos por abuso sexual en San Luis Potosí
El diputado César Arturo Lara Rocha presentó una iniciativa para reformar el Código Penal del Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de incrementar las penas y establecer consecuencias más...
El diputado César Arturo Lara Rocha presentó una iniciativa para reformar el Código Penal del Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de incrementar las penas y establecer consecuencias más severas para los servidores públicos que cometan abuso sexual en el ejercicio de sus funciones. La propuesta busca modificar diversos artículos relacionados con este delito.
Actualmente, el artículo 178 del Código Penal estatal tipifica el abuso sexual y establece sus sanciones. La norma vigente contempla como sanción adicional, cuando el delito es cometido por un funcionario público en el desempeño de su cargo o utilizando los medios que su profesión le proporciona, la destitución del puesto y la suspensión del ejercicio profesional por un plazo de dos años, además de la pena de prisión correspondiente.
El legislador argumenta que estas medidas resultan insuficientes frente a la gravedad del daño causado y a la especial responsabilidad que implica la función pública. Lara Rocha sostiene que la comisión de este delito por parte de un servidor público constituye una traición a la confianza ciudadana depositada en las instituciones.
La iniciativa propone que, cuando el responsable sea un servidor público y actúe en ejercicio de sus funciones, se aumente la punibilidad en un tercio, tanto del mínimo como del máximo de la pena prevista. Además de la destitución inmediata, se plantea la inhabilitación para ejercer cualquier cargo público por un período mínimo igual al de la pena de prisión impuesta, con un máximo de diez años.
La reforma también incluye ajustes técnicos al texto legal. Busca corregir una redundancia al referirse a las víctimas, sustituyendo ‘una persona menor de dieciocho años, o de una persona’ por ‘una o varias personas menores de dieciocho años de edad’, reconociendo así expresamente la posibilidad de pluralidad de víctimas. Asimismo, propone precisar la expresión ‘actos sexuales’ por ‘actos de carácter sexual’, con el fin de armonizarla con el lenguaje legislativo formal, sin alterar el espíritu del tipo penal.
La iniciativa fue turnada para su análisis a la Comisión Primera de Justicia del Congreso local, donde será discutida y evaluada antes de un posible dictamen.
