Congreso de San Luis Potosí aprueba reforma para igualar derechos de hijos adoptivos y consanguíneos
La Comisión Segunda de Justicia del Congreso de San Luis Potosí aprobó por unanimidad una reforma al Código Civil estatal que establece la igualdad total de derechos y obligaciones entre las personas...
La Comisión Segunda de Justicia del Congreso de San Luis Potosí aprobó por unanimidad una reforma al Código Civil estatal que establece la igualdad total de derechos y obligaciones entre las personas adoptadas y los hijos consanguíneos. La modificación al artículo 1448 elimina términos considerados obsoletos y armoniza la legislación local con el marco federal.
La iniciativa, presentada por la diputada Jacquelinn Jáuregui Mendoza con el respaldo de varios legisladores, busca actualizar un texto que aún hacía referencia a figuras como la ‘adopción simple’, actualmente en desuso. La presidenta de la comisión, diputada Jessica Gabriela López Torres, explicó que el propósito es dejar explícitamente establecido en la ley que ‘el adoptado tendrá los mismos derechos y obligaciones que tiene un hijo consanguíneo’.
‘Es muy importante dejarlo en la ley, para cuidar el interés superior del menor en una etapa de menoría de edad, pero es también cuidar los derechos en general de los adoptados y también de los adoptantes. Es una relación de doble reciprocidad’, afirmó López Torres durante la sesión. La legisladora señaló que el Código Civil y Familiar contiene términos ‘bastante obsoletos’ y ‘arcaicos’, por lo que se trabajará en iniciativas para reforzar el lenguaje inclusivo y realizar adecuaciones necesarias.
El dictamen establece que la reforma garantiza el interés superior de la persona adoptada, alineándose con lo dispuesto por el Código Civil Federal. Esto implica que quien adopta tendrá, respecto a la persona y bienes del adoptado, los mismos derechos y obligaciones que tienen los padres con sus hijos biológicos. La adopción, al ser irrevocable, confiere al adoptado una filiación que sustituye a la de origen, extinguiendo el parentesco con su familia biológica y sus efectos jurídicos, con excepción de los impedimentos matrimoniales.
Con esta reforma, las personas adoptadas adquieren los mismos derechos y obligaciones del parentesco consanguíneo dentro de su nueva familia, incluyendo derechos sucesorios, de alimentos, apellido y protección. El dictamen también reconoce el derecho internacional del adoptado a conocer su origen biológico, su identidad y su historia personal.
El objetivo declarado del decreto es armonizar la normativa estatal vigente con el Código Civil Federal. El dictamen será sometido a consideración del Pleno del Congreso de San Luis Potosí para su análisis y votación final.
