Ministros determinan que Gobernador indígena puede expedir constancias para actas de nacimiento y defunción en Chihuahua
CIUDAD DE MÉXICO, 5 DE MARZO DE 2026. Por unanimidad, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las autoridades tradicionales de la comunidad Rarámuri de...
CIUDAD DE MÉXICO, 5 DE MARZO DE 2026. Por unanimidad, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las autoridades tradicionales de la comunidad Rarámuri de Tehuerichi, Chihuahua, tienen validez oficial para realizar registros que permitan la expedición de actas de nacimiento y defunción de sus integrantes.
Al resolver el amparo en revisión 423/2025, la Corte ordenó a las autoridades responsables implementar políticas públicas y campañas de registro civil que consideren la cosmovisión y formas de organización de los pueblos indígenas. La sentencia establece que, para tramitar las constancias del estado civil, bastará con presentar los registros realizados por el Gobernador de la comunidad.
La Ministra Yasmín Esquivel Mossa respaldó el proyecto y subrayó que el derecho a la identidad no puede reducirse a un mero trámite burocrático. “El registro de nacimiento otorga existencia jurídica a la persona, mientras que el acta de defunción brinda certeza no solo legal, sino también cultural y espiritual a las comunidades”, afirmó.
Durante su intervención, la Ministra destacó que la resolución reconoce la validez de las autoridades tradicionales y sus sistemas normativos internos. Explicó que esto implica avanzar hacia una justicia constitucional que escucha y respeta la diversidad cultural del país.
“Una adecuada perspectiva de multiculturalidad nos exige despojarnos de cualquier prejuicio. No venimos a declarar ni a otorgar derechos; nuestra labor es reconocer y garantizar aquellos que por esencia siempre han pertenecido a los pueblos indígenas”, enfatizó Esquivel Mossa.
La Corte determinó que las autoridades responsables deberán diseñar estrategias que garanticen el acceso al derecho a la identidad de los integrantes de la comunidad Rarámuri, asegurando que los trámites registrales respeten sus usos y costumbres.
Con esta sentencia, la SCJN consolida un modelo de justicia que reconoce la pluriculturalidad de la nación y coloca a los pueblos indígenas como sujetos plenos de derechos, no como simples receptores de políticas públicas diseñadas sin su participación.
