CEEPAC canaliza solicitud de consulta para cambio de sistema electoral en municipios indígenas de SLP
El Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) de San Luis Potosí respondió formalmente a una solicitud para realizar una consulta sobre el cambio del sistema de elección en tres...
El Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) de San Luis Potosí respondió formalmente a una solicitud para realizar una consulta sobre el cambio del sistema de elección en tres municipios con población indígena. El órgano electoral informó que ha entregado la petición al Congreso del Estado, instancia que determina como competente para llevar a cabo el proceso.
La solicitud fue presentada por personas pertenecientes a los pueblos indígenas Tének y Náhuatl de los municipios de Tancanhuitz, Tanlajás y San Antonio. El objetivo es evaluar un posible cambio hacia un sistema de elección por usos y costumbres para la designación de sus autoridades municipales.
El Consejo General del CEEPAC aprobó un proyecto de acuerdo mediante el cual da contestación a dicha petición. En su resolución, el organismo señala que, según determinaciones de autoridades jurisdiccionales, corresponde al Poder Legislativo estatal la realización de la consulta sobre elecciones por sistemas normativos indígenas.
El proceso deberá desarrollarse conforme a lo establecido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en las resoluciones de las acciones de inconstitucionalidad 141 y 152 del año 2022. Además, deberá sujetarse a las disposiciones contenidas en la Ley de Consulta Indígena para el Estado y Municipios de San Luis Potosí, normativa que regula este procedimiento en la entidad.
El CEEPAC indicó que ya implementó el mecanismo para garantizar que la solicitud sea considerada en el proceso correspondiente, mediante la entrega formal y oportuna al Congreso local. Esta acción se deriva del cumplimiento a la sentencia TESLP-JDC-11/2023.
Con estas medidas, el organismo electoral afirmó que refrenda su compromiso de brindar atención institucional a los pueblos indígenas Tének y Náhuatl, así como de contribuir al ejercicio de sus derechos mediante la orientación adecuada y la canalización efectiva de sus solicitudes ante las instancias competentes.
