Congreso de San Luis Potosí aprueba reforma constitucional para limitar pensiones de exfuncionarios
El Pleno del Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó por unanimidad, en Sesión Extraordinaria, una reforma constitucional que establece un límite máximo para las jubilaciones y pensiones de...
El Pleno del Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó por unanimidad, en Sesión Extraordinaria, una reforma constitucional que establece un límite máximo para las jubilaciones y pensiones de exfuncionarios públicos. El objetivo declarado es eliminar privilegios, ajustar excesos en el gasto público y redirigir recursos hacia programas sociales.
La reforma establece que ninguna pensión o jubilación de exfuncionarios podrá superar el tope fijado para la remuneración del titular del Poder Ejecutivo Federal. En concreto, el texto aprobado señala que estas prestaciones ‘no deberán exceder de la mitad de la remuneración establecida para la persona titular del Ejecutivo Federal en el presupuesto correspondiente’.
El diputado Carlos Arreola Mallol, presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, explicó durante la presentación del dictamen que la reforma impactará a exfuncionarios de empresas paraestatales, banca de desarrollo y otros organismos públicos, incluyendo jubilaciones ya vigentes. El propósito es poner fin a lo que se calificó como ‘pensiones millonarias consideradas privilegios’.
La minuta incluye exclusiones específicas. Quedan exceptuadas las jubilaciones constituidas a partir de aportaciones voluntarias a sistemas de ahorro para el retiro basados en cuentas individuales, las provenientes de aportaciones sindicales en sistemas de ahorro complementarios y la pensión no contributiva referida en el artículo 4o. constitucional. También se excluye expresamente al personal de las Fuerzas Armadas, en cumplimiento del marco legal específico que los rige.
En sus disposiciones transitorias, la reforma establece que, una vez entre en vigor, todas las jubilaciones o pensiones que no se ajusten al nuevo principio deberán ser modificadas para cumplir con el límite constitucional. Asimismo, ordena al Congreso de la Unión y a las legislaturas estatales adecuar sus marcos normativos para hacerlos congruentes con este decreto.
Un punto relevante es la disposición que prohíbe ampliaciones presupuestales para cubrir las erogaciones derivadas de esta reforma. Cualquier gasto extra deberá cubrirse directamente con los presupuestos ya aprobados para las instituciones que reciban fondos públicos.
La minuta reforma y adiciona varios párrafos y fracciones del artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, específicamente en materia de límite a las jubilaciones y pensiones en entidades públicas. Esta acción legislativa busca homologar los topes pensionarios en todo el sector público no militar.
