Congreso de San Luis Potosí aprueba reforma electoral: fin a la reelección y reducción de privilegios
El Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó por mayoría una reforma constitucional en materia electoral, con el objetivo de armonizar la legislación local con disposiciones federales en temas de...
El Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó por mayoría una reforma constitucional en materia electoral, con el objetivo de armonizar la legislación local con disposiciones federales en temas de no reelección, combate al nepotismo y reducción de privilegios en el servicio público.
El dictamen, presentado por el diputado Carlos Arreola Mallol, presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, busca racionalizar el gasto público, eliminar beneficios excesivos y fortalecer una cultura de responsabilidad en la ejecución del gasto, en línea con el artículo 134 de la Constitución federal.
Entre los cambios más relevantes, se establece que las personas consejeras electorales del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, así como las magistradas del Tribunal Electoral del Estado, percibirán una remuneración acorde con sus funciones, sin exceder el límite previsto en el artículo 127 constitucional. Además, no podrán recibir prestaciones extraordinarias como seguros de gastos médicos, de vida, de pensiones privadas, cajas de ahorro especiales o regímenes especiales de retiro, salvo que estén expresamente previstos en la ley.
La reforma también establece que el presupuesto del Congreso del Estado no podrá exceder el 0.70% del Presupuesto de Egresos del Estado, con el fin de mantener una proporción coherente con el gasto público estatal.
En el ámbito municipal, los ayuntamientos se integrarán por un presidente o presidenta municipal, una sindicatura y hasta quince regidurías, bajo principios de paridad de género vertical y horizontal. Asimismo, se prohíbe la participación en elecciones municipales a personas que tengan o hayan tenido, en los últimos tres años, un vínculo de matrimonio, concubinato o parentesco por consanguinidad o afinidad con quien esté ejerciendo el cargo al que se postulan.
Uno de los puntos centrales de la reforma es la eliminación de la reelección consecutiva para diputados e integrantes de ayuntamientos, aunque un transitorio segundo establece que esta disposición será aplicable a partir del proceso electoral local 2029-2030. Además, un transitorio tercero ordena al Congreso realizar las adecuaciones necesarias a la legislación secundaria en materia electoral al menos 90 días antes del inicio del proceso electoral correspondiente.
Los ahorros derivados de estas reformas, según el dictamen, evidencian que es posible racionalizar el gasto institucional sin comprometer el funcionamiento del Estado.
