Publican nuevas reglas antilavado en México; estos negocios deberán reforzar sus controles
La SHCP modificó las reglas de la Ley Antilavado para aumentar los controles que deben cumplir las personas y empresas que realizan Actividades Vulnerables en…
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) modificó las reglas de la Ley Antilavado para incrementar los controles que deben aplicar las personas y empresas que realizan Actividades Vulnerables en México.
El Acuerdo 115/2026, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 7 de agosto de 2026, incorpora disposiciones orientadas a identificar clientes, conocer sus operaciones, detectar riesgos y conservar documentación. También se contemplan la capacitación del personal, mecanismos automatizados de monitoreo y auditorías de cumplimiento.
¿Qué negocios están sujetos a las nuevas reglas?
Las modificaciones alcanzan a los sectores que realizan actividades consideradas vulnerables por la legislación, entre ellos:
• Constructoras, desarrolladoras e inmobiliarias.
• Joyerías y comercializadoras de metales y piedras preciosas.
• Venta y comercialización de vehículos.
• Casas de empeño y negocios que otorgan préstamos o créditos en los supuestos previstos por la ley.
• Notarios, corredores públicos y determinados profesionistas.
• Agentes y agencias aduanales.
• Empresas relacionadas con activos virtuales.
• Negocios dedicados a juegos con apuestas, concursos y sorteos.
• Comercializadores de obras de arte.
• Asociaciones que reciben determinados donativos.
La obligación no es igual para todos: la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) establece supuestos y montos a partir de los cuales deben realizarse acciones como identificar clientes o presentar avisos.
¿Qué tendrán que hacer?
Uno de los cambios centrales es la incorporación de un enfoque basado en riesgos. Los negocios deberán identificar y evaluar los riesgos vinculados con sus clientes y operaciones.
También deberán reforzar la identificación del beneficiario controlador, es decir, la persona que finalmente obtiene el beneficio o ejerce el control sobre una operación.
Las nuevas reglas contemplan además obligaciones relacionadas con manuales de políticas internas, capacitación, monitoreo de operaciones, avisos, conservación de información y auditorías.
Esto podría implicar que algunos clientes tengan que proporcionar más información o documentación al realizar determinadas operaciones.
¿Cuándo entran en vigor?
La aplicación será gradual. De acuerdo con la información difundida sobre el Acuerdo 115/2026, su entrada en vigor general está prevista para el 30 de noviembre de 2026.
Las principales obligaciones comenzarán a aplicarse el 1 de marzo de 2027, mientras que los mecanismos automatizados de monitoreo deberán estar disponibles a más tardar el 1 de junio de 2027.
El primer periodo anual de auditoría de cumplimiento está previsto para 2028.
