Pensionados del IMSS pueden solicitar un aumento mensual mediante Asignaciones Familiares
Las personas pensionadas por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez bajo la Ley del Seguro Social de 1973 pueden solicitar al Instituto Mexicano del Seguro Social (…
Las personas que reciben una pensión por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez bajo la Ley del Seguro Social de 1973 tienen la posibilidad de solicitar ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) un incremento en su pago mensual. Este beneficio se conoce como Asignaciones Familiares y consiste en un apoyo económico adicional, el cual depende de los familiares que el pensionado tenga registrados y del cumplimiento de los requisitos establecidos.
El IMSS señala que la solicitud puede presentarse en cualquier mes del año, por lo que no es obligatorio hacerlo durante agosto. Una vez que el instituto valida la información y la documentación entregada, el incremento puede reflejarse en pagos posteriores.
El porcentaje adicional varía según el familiar que genere el derecho a la asignación. Por esposa o concubina del pensionado se otorga un 15% adicional. Por cada hijo menor de 16 años corresponde un 10% adicional. También se otorga un 10% adicional por cada hijo de 16 a 25 años que continúe estudiando en una institución reconocida por el Sistema Educativo Nacional y que no cotice en el régimen obligatorio. Asimismo, se otorga un 10% adicional por cada hijo con enfermedad o discapacidad que le impida mantenerse por sí mismo, sin importar su edad, mientras persista esa condición.
En caso de que el pensionado no tenga esposa, concubina ni hijos con derecho a asignación, el apoyo puede solicitarse para los padres cuando exista dependencia económica. En estos casos, se otorga un 10% adicional por cada padre que dependa económicamente del pensionado. Si únicamente existe un ascendiente, se puede otorgar una ayuda asistencial adicional de 10%. Si el pensionado no cuenta con familiares que puedan generar asignaciones familiares, el instituto puede otorgar una ayuda asistencial equivalente al 15% de la pensión, conforme a los supuestos establecidos.
Las asignaciones familiares terminan cuando desaparece la condición que dio origen al beneficio. Para los hijos, la asignación termina al cumplir 16 años, pero puede mantenerse hasta los 25 años si el hijo continúa estudiando y presenta la constancia correspondiente. En el caso de hijos con incapacidad permanente para trabajar debido a enfermedad física, psíquica o crónica, el apoyo continúa mientras permanezca esa condición.
Para solicitar el beneficio, el pensionado debe presentar documentación personal y comprobantes que acrediten la situación del familiar que será registrado. Los documentos generales incluyen identificación oficial vigente con fotografía y firma, comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a tres meses y CURP. Dependiendo del familiar, se requieren documentos adicionales.
Si se trata de esposa o esposo, se requiere acta de matrimonio certificada expedida por el Registro Civil. Para concubina o concubinario, se necesita una constancia testimonial que confirme el concubinato, emitida por la autoridad judicial correspondiente. Para hijos menores de 16 años, se debe presentar acta de nacimiento, adopción o reconocimiento certificada por el Registro Civil. Para hijos de 16 a 25 años que estudian, además del acta correspondiente, se solicita constancia de estudios vigente con datos del alumno, nombre del plantel educativo, ciclo escolar, firma y sello oficial. En el caso de escuelas particulares, la constancia debe incluir la clave de incorporación y los datos del reconocimiento de validez oficial.
Si se trata de hijos mayores de 16 años con discapacidad, se solicita acta de nacimiento, adopción o reconocimiento, así como el Dictamen de Invalidez de Beneficiario, formato ST-6. Para padres dependientes económicamente, se requiere acta de nacimiento, adopción o reconocimiento y una constancia testimonial que confirme la dependencia económica.
El trámite puede realizarse en cualquier mes del año. Esto es relevante para quienes tienen hijos de entre 16 y 25 años que estudian, pues el regreso a clases puede relacionarse con la entrega de constancias escolares. Una vez presentada la documentación, el IMSS debe validar la información para determinar si se cumplen los requisitos y, en su caso, el incremento puede reflejarse en pagos posteriores. Las Asignaciones Familiares del IMSS pueden realizarse conforme a los canales establecidos por el instituto, donde los pensionados deben presentar la documentación necesaria para que se determine si cumplen con los requisitos.
