Proponen reforma al Código Penal para endurecer sanciones por abuso sexual y priorizar el consentimiento
La diputada Leticia Vázquez Hernández presentó una iniciativa para reformar el artículo 178 del Código Penal del Estado, con el objetivo de homologarlo con la legislación federal en materia de abuso...
La diputada Leticia Vázquez Hernández presentó una iniciativa para reformar el artículo 178 del Código Penal del Estado, con el objetivo de homologarlo con la legislación federal en materia de abuso sexual. La propuesta busca colocar el consentimiento como eje central de la definición del delito, endurecer las sanciones penales e implementar medidas de reparación integral para las víctimas.
La iniciativa define como abuso sexual la realización, sin consentimiento y sin propósito de cópula, de cualquier acto de naturaleza sexual en el ámbito público o privado. Esto incluye obligar a la víctima a observar o ejecutar actos sexuales sobre sí misma, para un tercero o para el agresor. También se considera delito cuando se obligue a la víctima a exhibir su cuerpo. Se especifica que los actos sexuales comprenden tocamientos, caricias, roces corporales, exhibiciones o representaciones sexuales explícitas.
El texto legislativo establece que no se considerará consentimiento cuando la voluntad de la persona haya sido anulada o viciada por violencia, intimidación, engaño, amenaza, abuso de confianza, autoridad o situación de vulnerabilidad. Asimismo, precisa que el consentimiento no podrá presumirse del silencio, la pasividad o la falta de resistencia física de la víctima.
Para quien cometa este delito, se propone una sanción de seis a diez años de prisión y una multa de doscientas a quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización. Adicionalmente, se impondría la obligación de acudir a talleres reeducativos con perspectiva de género y no violencia contra las mujeres y/o prestar servicio social. El cumplimiento de esta obligación sería relevante para la procedencia y continuidad de la suspensión condicional del proceso.
La iniciativa contempla un aumento en las penas previstas en una tercera parte bajo circunstancias agravantes. Estas incluyen cuando la víctima sea menor de 18 años o persona sin capacidad para comprender el hecho; cuando se utilice violencia física, psicológica o moral; cuando el delito sea cometido por dos o más personas; en lugares despoblados o poco accesibles; o cuando exista una relación de confianza, sentimental, parentesco, laboral, educativa o religiosa entre agresor y víctima.
Otros agravantes propuestos son cuando el agresor tenga a la víctima bajo su custodia, guarda, tutela o dependencia económica; cuando sea servidor público aprovechando su cargo; cuando sea un profesionista que abuse de su posición; cuando sea ministro de culto; cuando la víctima esté bajo efectos de sustancias que afecten su voluntad; cuando esté embarazada o en puerperio; cuando el delito se cometa por orientación sexual, identidad o expresión de género de la víctima; o cuando esta se encuentre en estado de indefensión. En estos casos se aplicarían sanciones adicionales como la pérdida de patria potestad, destitución del cargo público o inhabilitación profesional.
Además de las sanciones penales, se propone imponer al agresor el cumplimiento de la reparación integral del daño. Esta deberá incluir, entre otras medidas establecidas en la Ley de Atención a Víctimas, atención psicológica especializada para la víctima hasta su total recuperación.
La iniciativa fue turnada para su análisis a la Comisión Primera de Justicia del Congreso local.
