Fondo de Pensiones para el Bienestar: requisitos y pasos para solicitar el complemento
El Fondo de Pensiones para el Bienestar (FPB) es un fideicomiso público creado por la Secretaría de Hacienda y administrado por el Banco de México, cuyo objeti…
El Fondo de Pensiones para el Bienestar (FPB) es un fideicomiso público creado por la Secretaría de Hacienda y administrado por el Banco de México. Su objetivo es complementar el monto de pensión de los trabajadores que cotizaron en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), aunque es necesario cumplir una serie de requisitos para acceder a este beneficio.
Con este beneficio, los trabajadores jubilados pueden igualar la pensión otorgada al salario promedio del último año cotizado, hasta un límite establecido. Es decir, pueden incrementar sus recursos para tener una vida digna durante su retiro laboral.
Es importante recordar que una reforma a la Ley del Seguro Social, aprobada en abril de 2024, establece que las administradoras de fondos para el retiro (AFORES), las instituciones que realicen funciones similares de naturaleza pública, así como las administradoras prestadoras de servicio, realizarán la transferencia de saldos al FPB de las subcuentas de trabajadores con 70 años (IMSS/INFONAVIT) o 75 años (ISSSTE) que se encuentren inactivos. Asimismo, establece la imprescriptibilidad del derecho a recuperar los recursos.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar el Fondo de Pensiones para el Bienestar?
Los requisitos para solicitar el complemento del Fondo de Pensiones para el Bienestar son los siguientes:
– Inicio de cotizaciones a partir de la ley vigente de 1997: El trabajador debe haber iniciado sus cotizaciones a partir del 1 de julio de 1997. No aplica para quienes tengan el beneficio de la ley 73, incluyendo a quienes tengan derecho a elección de régimen.
– Edad mínima de 65 años: Aplica exclusivamente para pensiones por vejez de la ley 97.
– Resolución emitida desde mayo 2024: La resolución de pensión debe haberse emitido a partir del 2 de mayo de 2024. El primer pago del complemento es exigible a partir del 1 de julio de 2024.
– Sin retiro de excedentes de CI: No haber realizado retiro de excedentes de la cuenta individual. Todo el recurso debe haberse empleado en el financiamiento de la renta vitalicia.
– Modalidad 40 genera derecho: Los períodos en Modalidad 40 generan derecho al complemento, pero no se consideran para el cálculo del salario promedio de las últimas 52 semanas.
– Pensión menor al salario certificado: El monto de la pensión debe ser menor al promedio mensual del salario base cotizado en el último año. Sin esta brecha no se genera complemento.
¿Cómo solicitar el complemento del Fondo de Pensiones para el Bienestar?
Para acceder al complemento del FPB debes seguir los siguientes pasos:
1. Recepción de solicitud de pensión: Acude a ventanilla de UMF o Subdelegación con la documentación requerida para iniciar tu trámite de pensión por vejez.
2. Registro en Mi Pensión Digital: El personal registra el trámite en el sistema institucional.
3. Validación de elegibilidad y determinación del monto: El sistema institucional evalúa automáticamente los criterios de elegibilidad del complemento y, si procede, determina el monto con base en el salario certificado y la pensión otorgada.
4. Emisión y firma del solicitante: Se genera la documentación que acredita el derecho.
5. Inicio de pago: El complemento se deposita mensualmente a la cuenta CLABE registrada.
