Personas adultas mayores en procesos penales requieren condiciones reales de comprensión, dignidad e igualdad, determina la SCJN
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió el amparo directo en revisión 7330/2025, en el cual se analizó la situación de dos personas adultas mayores condenadas por el...
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió el amparo directo en revisión 7330/2025, en el cual se analizó la situación de dos personas adultas mayores condenadas por el delito de despojo. Durante la discusión, la ministra Yasmín Esquivel Mossa subrayó que este sector poblacional puede enfrentar barreras derivadas de la edad, condiciones de salud, dependencia, vulnerabilidad cognitiva y desventajas estructurales que afectan su acceso a la justicia.Esquivel Mossa señaló la necesidad de que las autoridades jurisdiccionales implementen ajustes razonables y medidas diferenciadas de protección para las personas adultas mayores. La ministra coincidió con el proyecto de resolución en que la mera presencia formal de un abogado no es suficiente, sino que se requiere una protección sustantiva.No obstante, la ministra precisó que no se debe activar de manera automática la intervención de los agentes del sistema de protección a personas adultas mayores en todos los casos de edad avanzada. Dicha medida debe aplicarse únicamente cuando, a partir del prudente arbitrio del juzgador, exista una situación clara y verificable de vulnerabilidad que haga necesario el acompañamiento adicional para equilibrar las condiciones estructurales de desventaja.Así, Esquivel Mossa se pronunció a favor de reconocer que el derecho a una defensa adecuada incluye el acompañamiento especializado de dichos agentes durante el proceso penal, siempre que se acredite una situación material de vulnerabilidad que permita a la persona adulta mayor participar en condiciones auténticas de comprensión, dignidad e igualdad.
