La SCJN invalida norma sobre objeción de conciencia en Morelos por incumplir lineamientos
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió acciones de inconstitucionalidad contra la figura de la objeción de conciencia contemplada en la Ley de Salud del Estado de...
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió acciones de inconstitucionalidad contra la figura de la objeción de conciencia contemplada en la Ley de Salud del Estado de Morelos, determinando que dicha norma no podrá invocarse cuando su ejercicio ponga en riesgo la vida del paciente o ante una urgencia médica.La ministra Yasmín Esquivel Mossa recordó durante la sesión que el Tribunal Pleno había ordenado previamente al Congreso de Morelos ajustar su legislación a lineamientos constitucionales, los cuales no han sido cumplidos por el legislativo local. En ese sentido, Esquivel Mossa se pronunció por invalidar la norma en su totalidad al considerar que el congreso estatal volvió a legislar de manera incorrecta e irregular, sin acatar las disposiciones establecidas por la Corte.La objeción de conciencia fue definida por la ministra como un derecho del personal médico y de enfermería que, desde su fuero individual, pueden ejercer para negarse a realizar procedimientos sanitarios parte de los servicios de salud del Estado mexicano, cuando estos se opongan a sus convicciones religiosas, ideológicas, éticas y de conciencia. Sin embargo, dicho derecho no podrá ejercerse en escenarios que impliquen riesgo vital para el paciente o que se configuren como una urgencia médica.
