Congreso de San Luis Potosí aprueba reformas para garantizar pensión alimenticia incluso si el deudor está desempleado
La Comisión Segunda de Justicia del Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó reformas al Código Familiar y al Código Civil para fortalecer los mecanismos que aseguren el pago de alimentos a...
La Comisión Segunda de Justicia del Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó reformas al Código Familiar y al Código Civil para fortalecer los mecanismos que aseguren el pago de alimentos a niñas, niños, adolescentes y personas con discapacidad, incluso cuando la persona deudora se encuentre desempleada.
La presidenta de la comisión, diputada Gabriela López Torres, informó que las modificaciones permitirán utilizar la pensión estatal de la persona trabajadora del estado para cubrir la obligación alimentaria, conforme a lo previsto en la Ley de Pensiones y Prestaciones Sociales de los Trabajadores del Estado.
“Este Congreso lo que hace es justamente tratar que el interés superior de los menores sea cumplido, y que, cuando la persona deudora alimentaria se encuentre desempleada, se use la pensión de la persona trabajadora del estado, como está previsto en la propia Ley de Pensiones del Estado”, señaló la legisladora.
La diputada explicó que el artículo 59 de dicha ley establece que, en casos donde exista obligación de ministrar alimentos, se puede recurrir a la pensión estatal para salvaguardar la manutención de menores o personas con discapacidad. La reforma busca que el Poder Judicial, a través de sus determinaciones, pueda hacer uso de estas herramientas legales para garantizar el cumplimiento.
López Torres destacó que esta medida representa un avance para que las infancias reciban el pago eficiente de sus pensiones alimenticias, y subrayó la importancia de que las sentencias no queden solo en papel. “Es un tema que llegué a abordar con la Presidenta del Supremo Tribunal del Estado, que mencionaba que puede haber sentencias en papel y en figura muy bien establecidas, pero que al momento de causar ejecutoria no funcionan o no se cumple con el interés de proveer los alimentos”, agregó.
En la misma sesión, se aprobó una reforma al artículo 1105 del Código Civil del Estado para armonizarlo con las recientes modificaciones al Código Familiar, en relación con la imprescriptibilidad de los alimentos. Ambos dictámenes serán turnados al pleno del Congreso para su votación final.
Además, la diputada López Torres informó que el Congreso trabaja en iniciativas para mejorar el Padrón de Personas Deudoras Alimentarias Morosas, con el objetivo de hacerlo más operativo y proponer que dicho listado sea público.
