Acuerdan México y Estados Unidos suspender intercambio de animales vivos como medida precautoria por gusano barrenador del ganado
Comunicado 139 / Ciudad de México Se suspendieron las Hojas de Requisitos Zoosanitarios (HRZ) para la importación de: bovinos, rumiantes, cerdos, ovinos, capri…
Comunicado 139 / Ciudad de México
Se suspendieron las Hojas de Requisitos Zoosanitarios (HRZ) para la importación de: bovinos, rumiantes, cerdos, ovinos, caprinos, aves canoras y hurones originarios y procedentes de los Estados Unidos
El Gobierno de México protege el hato ganadero de estados del noroeste del país que no tienen presencia de GBG en su territorio
Ante la confirmación de casos de gusano barrenador del ganado (GBG) en diversos condados del estado de Texas y en Nuevo México, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (AGRICULTURA), en coordinación con el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USDA, por sus siglas en inglés), determinó la suspensión temporal de la importación a México de animales vivos procedentes de ese país.
Mediante esta acción, se fortalece la protección sanitaria del hato ganadero del noroeste del país, donde actualmente no se registra la presencia de la plaga del gusano barrenador del ganado, específicamente en los estados de Baja California, Baja California Sur, Chihuahua y Sinaloa, con el propósito de preservar su estatus zoosanitario.
La suspensión derivó de la notificación realizada por el Servicio de Inspección Sanitaria de Animales y Plantas del USDA (APHIS-USDA) al Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica), el pasado 4 de junio de 2026, respecto a la confirmación de la presencia del GBG en un bovino localizado en el condado de Zavala, Texas.
A partir de la notificación, ambas autoridades sanitarias mantienen un intercambio permanente de información, así como reuniones de trabajo en las cuales se acordó la suspensión temporal de las Hojas de Requisitos Zoosanitarios (HRZ) para la importación a territorio nacional de bovinos destinados a reproducción y sacrificio; rumiantes silvestres; equinos para reproducción, trabajo, deporte, exhibición, tránsito y sacrificio; cerdos para reproducción; ovinos y caprinos para reproducción y sacrificio, así como aves canoras, de ornato y rapaces para comercialización, además de hurones destinados a compañía y comercialización.
En lo referente a perros de compañía, el APHIS y el Senasica acordaron reforzar las inspecciones sanitarias en los puntos de ingreso a México y evaluar medidas complementarias para acreditar la condición sanitaria de las mascotas, disposiciones que también serán aplicables a las aves canoras de compañía.
Las autoridades sanitarias de México y los Estados Unidos mantienen una coordinación permanente y continúan con el intercambio técnico y científico de información, a fin de identificar las mercancías que no representan riesgo sanitario y establecer las medidas y condiciones que permitan, en su oportunidad, la reanudación ordenada y segura del comercio bilateral.
